NORMATIVA CLUB AUTOMODELISME
SANTA PERPETUA DE MOGODA
1.1 ALTAS, BAJAS, CUOTAS, SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL
La cuota de inscripción del Club de Automodelismo Radio Control Santa Perpetua es la siguiente:
- Socio nuevo: 130€ cuota anual + 30€ matrícula.
- Renovación socio: 130€ cuota anual.
- Renovación socio con el pago antes de finalizar 2007: 120€ cuota anual.
Solo será formalmente válida el alta de un socio y por consiguiente considerado socio del club a todos los efectos cuando se hayan cumplido la totalidad de estas tres condiciones:
1ª Que haya rellenado correctamente el formulario y este cuñado por el club.
2ª Que haya abonado la totalidad de la cuota de inscripción.
Mediante ingreso en: La Caixa de Catalunya 2013 0791 72 0200177919
(Dar el nombre del socio y entregar el resguardo del ingreso a la junta del club)
3ª Que la Asamblea General haya aprobado por mayoría simple su ingreso.
Todo socio que en los tres primeros meses del año correspondiente no haya abonado la totalidad de la cuota del año, perderá el importe ya abonado y el ser considerado socio del club.
El socio que cause baja en el club pierde todos sus derechos de inscripción y los adquiridos por su antigüedad. El Club acepta una excedencia de 1 año.
La Junta Directiva se reserva el derecho de admisión o no de nuevos socios, incluso la de aquellos que habiéndolo sido hayan perdido por uno u otro motivo tal condición.
Asimismo La Junta Directiva se reserva el derecho de permitir el acceso al circuito de cualquier invitado acompañante del socio.
El hecho de pertenecer al Club de Automodelismo Radio Control Santa Perpetua implica el derecho del buen uso de sus instalaciones, respetando y haciéndolas respetar, aceptar las normas establecidas y el acatamiento de su régimen interno.
Será siempre la comisión sancionadora de la Junta Directiva quien decidirá y aplicará las sanciones pertinentes al incumplimiento de la normativa. En el caso que sea un miembro de la Junta Directiva quien haya cometido la falta quedará excluido automáticamente de la comisión sancionadora.
El incumplimiento de las normas puede originar la expulsión y por tanto la perdida de la condición de socio del Club.
El horario de utilización de las instalaciones es las 24 horas del día los 365 días del año.
Los días de carrera, el circuito quedará cerrado para el uso de entrenamientos libres mientras dure la carrera.
El club dispone de hojas de reclamación a disposición del socio.
1.2 CONTROL DE FRECUENCIAS
Los socios están obligados, al llegar al circuito, en señalizar la frecuencia utilizada en su modelo en la pizarra dispuesta a tal efecto. Al mismo tiempo tienen que comprobar si su frecuencia está ocupada y contactar con la persona que posea su misma frecuencia a efectos de coordinar los entrenamientos de ambos usuarios.
El socio que, por incumplir la normativa de las frecuencias, ocasione la rotura parcial o total de un modelo y sus elementos de otro socio, está obligado a pagar o a subsanar el desperfecto causado. En el caso que los implicados no se pusieran de acuerdo en este tema, la Junta Directiva, mediará en el conflicto (siempre que se haya comprobado el hecho) dictando en que manera se debe reponer o pagar la rotura originada. El dictamen de dicha comisión será definitivo e irrevocable. La no aceptación, de dicho dictamen por parte del causante originará su inmediata expulsión del Club, independientemente de las medidas legales que pueda tomar el afectado. En el caso que el causante, el afectado o ambos sean miembros de la Junta Directiva, quedarán automáticamente excluidos de la comisión mediadora.
1.3. ENTRENAMIENTOS
El socio se compromete a respetar el sentido de giro en el circuito, sentido antihorario.
La puesta en marcha y comprobación del funcionamiento de los motores se realizará única y exclusivamente la zona de boxes.
El rodaje de los motores se realizará en la zona de boxes.
Los modelos deberán rodar siempre dentro de la pista, quedando totalmente prohibido rodar en boxes o cualquier otro lugar no destinado a ello. El incumplimiento de esta norma aún cuando está sancionado solo con una falta leve, podría tener en caso de accidente, consecuencias muy graves. Así se evitarán tanto, posibles accidentes con peligro para la integridad física de dichas personas o daños materiales, pudiendo con ello además, causar graves incidentes nunca deseables con los dueños de dichas fincas, y por tanto, problemas muy serios al Club.
1.4. INSTALACIONES
El socio tiene derecho a utilizar las instalaciones facilitadas por el Club, son las siguientes:
- Trazado y boxes.
- Zona de aparcamientos en días festivos.
- La caseta metálica, cobertizo de herramientas y oficina tienen acceso restringido. Solo se podrán utilizar en presencia de un miembro de la Junta Directiva.
- Asimismo los socios están obligados a ayudar a la conservación y a no dañar ni hacer mal uso de las instalaciones. En caso contrario la Junta Directiva se reserva el derecho de restringir el acceso a las mismas.
1.5. REGLAMENTO DISCIPLINARIO
El Club Considera tres tipos de faltas
- Leve
- Grave
- Muy grave
Tres faltas leves originan una falta grave.
Dos faltas graves originan una muy grave.
Son faltas leves las siguientes:
- Rodar en zonas no acondicionadas para su uso.
- Hacer un mal uso de las zonas habilitadas.
- Dañar en medida leve las instalaciones del Club.
- Hacer caso omiso a las indicaciones de los miembros de la Junta Directiva sobre las normas.
- No respetar las normas sobre el control de frecuencias.
- No cumplir las normas sobre ruidos.
Sanciones: amonestación por escrito.
Son faltas graves las siguientes:
- El impago de las cuota.
- La reiteración sistemática de las faltas leves.
- Dañar gravemente las instalaciones del Club.
Sanciones: a determinar por la comisión de la Junta Directiva.
Son faltas muy graves las siguientes:
- No aceptar las resoluciones del comité de disciplina de la Junta Directiva.
- La acumulación de 2 faltas graves.
Sanción única: Expulsión del Club y Demanda Judicial si fuera, necesaria.
Los miembros de la Junta Directiva que cometieran cualquiera de las faltas mencionadas quedarán excluidos automáticamente de la comisión de disciplina. La comisión de disciplina y mediación estará constituida, exclusivamente por los miembros de la Junta Directiva y socios en un número no inferior a 5 personas.
El comité de disciplina se formará a petición de cualquier miembro de la Junta directiva o a instancia de un número igual o superior a 10 socios, comunicándolo por escrito.
En Santa Perpetua a 17 de Diciembre de 2006
LA JUNTA DIRECTIVA